Micelio

Artículo 1

Decreto 652 de 1952 · Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Escuela Superior de Artes y Oficios de Líbano (Tolima)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Escuela Superior de Artes y Oficios de Líbano, se distribuyen las siguientes partidos apropiadas en el presupuesto nacional vigente, así:

Profesor de cultura General (director de grupo)

Director

Para alimentación en 10 meses: febrero a diciembre:

De 30 alumnos becados internos, a razón de $ 42 mensuales, cada uno

De 4 empleados internos que por razón de sus cargos en permanecer en el plantel, durante el medio de vacaciones, según distribución que hará el Director

Parágrafo

Las partidas para asuntos de personal, alimentación, y gastos varios, serán manejadas por el habilitado-almacenista de la Escuela. Las correspondientes a compra de maquinaria y herramientas, laboratorios y conservación de los mismos, serán manejadas por el Contador-Pagador del Ministerio de Educación Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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