Micelio

Artículo 31

Cesión De La Concesión

Decreto 1794 de 1991 · por el cual se expiden normas sobre los Servicios de Valor Agregado y Telegráficos y se reglamenta el Decreto 1900 de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cesión de la concesión. La cesión de la concesión requerirá permiso previo y expreso del Ministerio de Comunicaciones y de la autoridad concedente. Para impartir dicha autorización, el Ministerio de Comunicaciones solamente verificará que el cesionario reúna los requisitos personales exigibles para ser concesionario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1794 de 1991