Micelio

Artículo 1

Desde Et Día 1° De Marzo Próximo El Personal De Las Legaciones De Primera Clase Acreditadas Por La República En Países Extranjeros, Será El Siguiente: Un Enviado Extraordinario Y Ministro Plenipotenciario; Un Secretario; Un Segundo Secretario Ad Honorem; Y Un Adjunto Ad Honorem

Decreto 202 de 1918 · Por el cual se fija el personal de las Legaciones de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Desde et día 1° de marzo próximo el personal de las Legaciones de primera clase acreditadas por la República en países extranjeros, será el siguiente: Un Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario; Un Secretario; Un segundo Secretario ad honorem; y Un Adjunto ad honorem.

Parágrafo

En consecuencia quedan cesantes desde la expresada fecha los empleados no comprendidos en la enumeración de que trata el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 202 de 1918