Micelio

Artículo 5

Decreto 3558 de 1954 · Por el cual se crea el Instituto de Fomento Tabacalero.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El patrimonio del Instituto se formará: a) Con los valores y bienes que obtenga mediante contratos con el Gobierno Nacional para aplicarlos a la realización de su objeto; b) Con sumas que pueden recibirse en pago de determinados servicios que preste a terceros; c) Con toda clase de bienes que por cualquier concepto llegare a adquirir y rentas que de ellos pudiere derivar; d) Con los auxilios, cuotas de fomento y bienes que el Gobierno o cualesquiera entidad o persona le destinen para el cumplimiento de su objeto.

Gobierno

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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