Micelio

Artículo 1

Ley 18 de 1952 · Por la cual se dictan algunas disposiciones en el ramo de petróleos, y se modifican las leyes 37 de 1931 y 160 de 1936.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir de la vigencia de esta Ley, los capitales que se inviertan en la industria del petróleo durante el periodo de exploración, no estarán sujetos al gravamen sobre patrimonio de que trata la Ley 78 de 1935 y demás normas que la adicionan y reforman.

Parágrafo

La anterior exención cobija también a los contratos vigentes de exploración y explotación de petróleos de propiedad nacional, siempre que los concesionarios acepten la revisión de sus contratos para someterlos a las tarifas sobre canon superficiario y regalías y demás disposiciones de la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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