° . Sesiones del Consejo Decisorio del Famazónico. El Ministerio del Medio Ambiente, o en su defecto el Viceministro, presidirá el Consejo Decisorio del Famazónico, el cual sesionará cuando menos una vez cada semestre. Será convocado por el Ministro del Medio Ambiente con 20 días calendario de anticipación a la fecha de la reunión. Para poder sesionar y tomar decisiones requerirá la presencia del Ministro del Medio Ambiente, o en su defecto del Viceministro. El Consejo de Gabinete del Ministerio del Medio Ambiente participará en el Consejo Decisorio del Famazónico con voz pero sin voto. Las decisiones del Consejo Decisorio del Famazónico se adoptarán por mayoría absoluta.
El Consejo Decisorio del Famazónico no podrá aprobar proyectos hasta tanto no adopte su reglamento operativo.