Adición del artículo 1.6.1.21.28., al Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. Adiciónese el artículo 1.6.1.21.28., al Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, así: “ 1.6.1.21.28. Saldos a favor en las declaraciones del SIMPLE. Cuando los contribuyentes del SIMPLE obtengan saldos a favor en la declaración anual y opten nuevamente por ser responsables del impuesto sobre la renta y complementarios, o cuando se liquiden, podrán solicitar la devolución y/o compensación de los saldos respecto de los impuestos nacionales como lo indican los artículos 815 literal b), y 850 del Estatuto Tributario. En el caso de impuestos territoriales la devolución y/o compensación se realizará como lo determinen los respectivos municipios o distritos. En los casos de fallecimiento de los contribuyentes, quien o quienes tengan la facultad para representar a la sucesión ilíquida podrán solicitar la devolución y/o compensación de la manera mencionada en el inciso anterior.”
Decreto 1468 de 2019 →Vigente
Artículo 21
Adición Del Artículo 1
Decreto 1468 de 2019 · por el cual se reglamenta el numeral 7 del parágrafo 3° del artículo 437 y los artículos 555-2 y 903 al 916 del Estatuto Tributario, se modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, y se adiciona el Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.