Micelio

Artículo 1

Ley 104 de 1948 · Por la cual se dictan medidas para mitigar los efectos del incendio ocurrido en la ciudad de Palmira el 1° de agosto de 1948 y se auxilia a los damnificados por el siniestro

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación deplora el incendio ocurrido en la ciudad de Palmira el 1o. de agosto del corriente año, y provee con los recursos a la restauración de los daños causados y al auxilio de los damnificados por el siniestro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 104 de 1948