Contra la decisión que desate la solicitud de restitución procederá, ante la Sala de Familia del respectivo Tribunal Superior de Distrito Judicial, la impugnación en el efecto suspensivo, que tendrá una tramitación preferente y será resuelta en el plazo improrrogable de diez (10) días, contados desde la recepción del expediente en la secretaría.
En el trámite de la impugnación se seguirán las siguientes pautas:
Deberá interponerse y sustentarse en forma verbal inmediatamente después de pronunciado el fallo. El juez resolverá sobre su concesión al finalizar la audiencia.
La remisión del expediente al superior se realizará de inmediato.
El Tribunal dictará su decisión de manera escrita y deberá ceñir su pronunciamiento a los argumentos expuestos en la sustentación. En caso de considerar la práctica de pruebas; estas se deberán realizar dentro del mismo término para proferir sentencia.