Disposición transitoria. Los sumarios actualmente en curso en los cuales se haya agotado la investigación y sobreseído temporalmente por más de una vez, se archivarán en la forma y condiciones previstas en los Artículos anteriores, mediante resolución motivada, en la cual se harán las declaraciones sobre revocación del auto de detención y cancelación de cauciones a que se refiere el Artículo 486.
Decreto 1345 de 1970 →Vigente
Artículo 488
Decreto 1345 de 1970 · por el cual se codifican las normas sobre Procedimiento Penal.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.