Micelio

Artículo 25

Fondo De Fomento Agropecuario

Decreto 1985 de 2013 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Fondo de Fomento Agropecuario. El Fondo es creado mediante el Decreto–ley 313 de 1960, como una cuenta separada, incluida en el Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y será administrado por el Despacho del Ministro o por quien este delegue.

Parágrafo 1

Objeto . El Fondo de Fomento Agropecuario impulsará las actividades que contribuyan al fomento del desarrollo del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

Parágrafo 2

Recursos del Fondo . El Fondo está compuesto por recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación, los departamentos, los municipios, donaciones, aportes y contrapartidas de organismos Internacionales, nacionales, empresas privadas, asociaciones campesinas, gremiales, fundaciones sin ánimo de lucro y similares.

Parágrafo 3

Distribución de recursos y manejo administrativo de los mismos . La distribución interna de los recursos del presupuesto del Fondo de Fomento Agropecuario se hará mediante resolución del Ministerio de Agricultura Desarrollo Rural.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1985 de 2013