El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural vigilará el sistema de manejo de los libros genealógicos oficiales y certificaciones de animales nacidos en el país o importados. Para este efecto, podrá practicar visitas a las diferentes asociaciones con el fin de examinar y evaluar los procedimientos utilizados en el manejo de la información correspondiente a los ejemplares de razas puras, y recomendará los ajustes que se estimen pertinentes.
Ley 427 de 1998 →Vigente
Artículo 8
Vigilancia
Ley 427 de 1998 · por la cual se reglamentan los títulos genealógicos, las exhibiciones, los espectáculos para los semovientes de razas puras del sector equino y bovino y se crean mecanismos para su protección y propagación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.