Micelio

Artículo 206

Ley 106 de 1873 · Código Fiscal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 206. El Poder Ejecutivo dictará las reglas especiales para el embarque i conduccion en los puertos terrestres i fluviales de los cargamentos que se destinan a la esportacion. Este artículo no rije en cuanto a la Aduana de Cúcuta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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