Toda institución de educación no formal deberá organizar un Consejo de Dirección integrado por
El Director, quien lo preside.
El Coordinador Académico o quien haga sus veces.
Un representante de los propietarios, en el caso de las instituciones privadas.
Representantes del personal docente, elegidos por ellos mismos.
Representantes de los estudiantes, elegidos por ellos mismos.
El número de representantes del personal docente y de los estudiantes, el período o término para desempeñar el cargo, los requisitos para ser elegidos y la forma y causales de reemplazo antes del vencimiento del período, serán definidos en el reglamento interno del mismo Consejo.