° El domicilio de la Escuela Superior de Administración Pública, es la ciudad de Bogotá, D. E., y para el cumplimiento de sus fines desarrollará actividades en todo el territorio de la República. Por razón de su autonomía, la Escuela Superior de Administración Pública tiene capacidad administrativa, jurídica y patrimonial para organizarse, gobernarse y dictar las normas y reglamentos académicos, docentes y administrativos conforme a los cuales realice los fines que le son propios, dentro de la órbita constitucional y legal.
Decreto 225 de 1969 →Vigente
Artículo 2
El Domicilio De La Escuela Superior De Administración Pública, Es La Ciudad De Bogotá, D
Decreto 225 de 1969 · por el cual se aprueban los estatutos de la Escuela Superior de Administración Pública.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.