Micelio

Artículo 6

º Componente Inflacionario De Los Rendimientos Financieros Que Distribuyan Los Fondos Mutuos De Inversión, Los Fondos De Inversión Y Los Fondos De Valores

Decreto 2512 de 1987 · por el cual se establecen medidas para estimular los inversionistas institucionales y vincular el ahorro de los trabajadores a la democratización del capital accionario.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º COMPONENTE INFLACIONARIO DE LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS QUE DISTRIBUYAN LOS FONDOS MUTUOS DE INVERSIÓN, LOS FONDOS DE INVERSIÓN Y LOS FONDOS DE VALORES. Las utilidades que los Fondos Mutuos de Inversión, los Fondos de Inversión y los Fondos de Valores distribuyan o abonen en cuenta a sus afiliados no constituyen renta ni ganancia ocasional en la parte que corresponda al componente inflacionario de los rendimientos financieros recibidos por el fondo cuando éstos provengan de

a)

Entidades que estando sometidas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria tengan por objeto propio intermediar en el mercado de recursos financieros.

b)

Títulos de deuda pública;

c)

Valores emitidos por sociedades anónimas cuya oferta pública haya sido autorizada por la Comisión Nacional de Valores. Para los efectos del presente artículo, se entiende por componente inflacionario de los rendimientos financieros, el resultado de multiplicar el valor bruto de tales rendimientos, por la proporción que exista entre la tasa de corrección monetaria vigente a 31 de diciembre del año gravable y la tasas de captación más representativa a la misma fecha, según certificación de la Superintendencia Bancaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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