Micelio

Artículo 1

El Impuesto De Un Peso ($1

Decreto 579 de 1959 · Por el cual se reglamenta el recaudo del impuesto nacional a los licores destilados

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El impuesto de un peso ($1.00) sobre cada botella de licores destilados de producción nacional, sea cual fuere su proceso de fabricación, deberá ser consignado por los Departamentos en los primeros cinco días de cada mes en las Administraciones de Hacienda Nacional a órdenes del Tesoro General de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 579 de 1959