° Oficiales de los Servicios. Son Oficiales de los Servicios de las Fuerzas Militares, los escalafonados en una de las siguientes actividades: Armamento. Sanidad. Intendencia. Transportes. Remonta y veterinaria. Comunicaciones. Culto, Derecho. Control y pagaduría. Reclutamiento y movilización. Ingeniería en sus diversas ramas, a excepción de la naval. Arquitectura Química. Economía. Administración. Oceanografía. Física. Abastecimientos, Otras especialidades que requieren título profesional de facultad cuyo pénsum no sea inferior a ocho (8) semestres.
Decreto 654 de 1975 →Vigente
Artículo 2
Oficiales De Los Servicios
Decreto 654 de 1975 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 2337 de 1971, orgánico de la Carrera de los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.