Micelio

Artículo 42

Tránsito De Legislación

Decreto 2245 de 2011 · por el cual se establece el Régimen Sancionatorio y el Procedimiento Administrativo Cambiario a seguir por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Tránsito de legislación. Los procesos iniciados y los recursos interpuestos antes de la entrada en vigencia del presente decreto, se regirán por las normas vigentes al momento de su iniciación o interposición. Las referencias hechas a los Decretos-ley 1092 de 1996 y 1074 de 1999 por las normas que conforman el régimen cambiario, se entenderán hechas al presente decreto-ley en lo relacionado con el ejercicio de las funciones de control y vigilancia que en materia cambiaria le compete a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2245 de 2011