Micelio

Artículo 1

Fijase En 10% Ad Valórem El Gravamen Arancelario Aplicable A Los Chasises Completos O Incompletos Clasificables En La Posición 87

Decreto 1812 de 1970 · Por el cual se determina el gravamen arancelario para la industria de ensamble de camiones articulados

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1°. Fijase en 10% ad valórem el gravamen arancelario aplicable a los chasises completos o incompletos clasificables en la posición 87.01.C del Arancel de Aduanas, que se importen desarmados por industrias de ensamble debidamente reconocidas por la Superintendencia de Industria y Comercio o que tengan celebrado contrato de fabricación o ensamble con el Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1812 de 1970