Micelio

Artículo 13

Oficina Jurídica

Decreto 17 de 2025 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina Jurídica . Son funciones de la Oficina Jurídica, las siguientes

1.

Estudiar, emitir conceptos y preparar proyectos de actos legislativos, leyes y decretos que el Director deba someter a consideración del Gobierno nacional y hacer el seguimiento en los temas de competencia del Departamento.

2.

Asesorar al Director y a las demás dependencias, en la interpretación y aplicación de las normas relacionadas con las funciones, competencias y gestión de cada una de las dependencias del Departamento.

3.

Formular lineamientos y directrices en materia jurídica y asegurar su unidad de criterio en la entidad.

4.

Revisar, estudiar, formular observaciones y emitir conceptos sobre los proyectos de ley, decretos y resoluciones sometidos a consideración del Director del Departamento.

5.

Adoptar instrumentos para la interpretación y aplicación de las normas relacionadas con el objeto misional del Departamento por parte de las dependencias y entidades del Sector Administrativo, de acuerdo con los preceptos legales vigentes.

6.

Establecer estrategias de prevención del daño antijurídico y participar en la definición e identificación de los riesgos jurídicos del Departamento, de conformidad con los lineamientos técnicos y normativos aplicables.

7.

Analizar, proyectar y avalar para la firma del Director o sus delegados los actos administrativos y consultas que este le indique y que deba suscribir conforme a la Constitución Política y la ley.

8.

Representar judicial y extrajudicialmente al Departamento en los procesos judiciales y procedimientos administrativos en los cuales sea parte.

9.

Dirigir y coordinar las actividades relacionadas con el proceso de jurisdicción coactiva y efectuar el cobro a través de este proceso de las multas impuestas a favor del Departamento por parte de las autoridades competentes o hacer efectivo ante las autoridades judiciales competentes, los derechos de crédito que a su favor tiene y verificar que se desarrolle.

10.

Adelantar la etapa de juzgamiento y fallo en primera instancia de los procesos disciplinarios que se adelanten en contra de los servidores y ex servidores del Departamento, y trasladar oportunamente al Despacho del Director de la entidad el expediente correspondiente para el trámite de la segunda instancia cuandose hayan interpuesto los recursos de apelación o de queja de acuerdo con las funciones y competencias establecidas en el Código General Disciplinario y las disposiciones legales vigentes.

11.

Mantener actualizado y sistematizado el registro de las normas y la jurisprudencia expedidas sobre las materias de competencia del Departamento.

12.

Coordinar el trámite de los derechos de petición, las solicitudes de revocatoria directa y en general las actuaciones jurídicas relacionadas con las funciones del Departamento, que no correspondan a otras dependencias de la entidad.

13.

Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la Oficina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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