Serán elegibles todas las mujeres colombianas mayores de 18 años que, no cuenten con una fuente permanente de ingresos, no hayan recibido previamente recursos del FEM en algún municipio del país, y pertenezcan a los grupos a y b del Sisbén IV o a las categorías equivalentes que sean implementadas en el RUI una vez este entre en funcionamiento o las normas que lo modifiquen o sustituyan.
Ley 2535 de 2025 →Vigente
Artículo 6
Beneficiarias
Ley 2535 de 2025 · por medio de la cual se crea el fondo de emprendimiento para la mujer (FEM), como instrumento para impulsar el emprendimiento, el empleo y la cultura financiera y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.