Artículo único. Apruébase el siguiente Acuerdo: "ACUERDO NUMERO 6 DE 1939 (diciembre 14) sobre presupuesto de rentas y gastos de la Intendencia Nacional del Meta para la vigencia fiscal de 1940. La Junta de Obras Públicas de la Intendencia Nacional del Meta, en uso de sus atribuciones, ACUERDA: Artículo 1° Fíjase el monto de las rentas ordinarias de la Intendencia Nacional del Meta, para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1940, en la suma de doscientos setenta y dos mil setecientos ochenta y ocho pesos con veintinueve centavos ($ 272.788.29) moneda corriente, según el siguiente pormenor: Licores $ 95.090.60 Consumo: Tabaco $ 72.057.08 Cervezas 51.511.75 Licores extranjeros 17.499.50 Bebidas fermentadas 6.368.75 147.337.08 Degüello $ 17.299.97 Predial 5.432.88 Registro 1.793.24 Otros ingresos: Varios $ 1.298.52 Venta de nuevos envases 4.536.00 5.834.52 Suma $ 272.788.29 Artículo 2º Aprópiase la suma de doscientos setenta y dos mil setecientos ochenta y ocho pesos con veintinueve centavos ($ 272,788.29) moneda corriente para atender, durante la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1940, a los gastos de la Intendencia, distribuida en la siguiente forma: DEPARTAMENTO DE GOBIERNO Capítulo I. Artículo 3º Sueldos del personal de la Intendencia: Del Intendente, $ 300 $ 3.600.00 Del Secretario General, $ 200 2.400.00 Del Oficial Mayor, $ 150 1.800.00 Del Escribiente, $ 90 1.080.00 Del Chofer, $ 80 960.00 9.840.00
Decreto 133 de 1940 →Vigente
Artículo 1
Fíjase El Monto De Las Rentas Ordinarias De La Intendencia Nacional Del Meta, Para La Vigencia Fiscal Del 1° De Enero Al 31 De Diciembre De 1940, En La Suma De Doscientos Setenta Y Dos Mil Setecientos Ochenta Y Ocho Pesos Con Veintinueve Centavos ($ 272
Decreto 133 de 1940 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 6 de 1939, diciembre 14, dictado por la Junta de Obras Publicas de La Intendencia Nacional del Meta, sobre presupuesto de rentas y gastos para la vigencia fiscal de 1940
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.