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Artículo 35

Modificación Del Parágrafo 1 Y Adición Del Parágrafo 2° Al Artículo 232 Del Decreto Número 1165 De 2019

Decreto 659 de 2024 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto número 1165 de 2019.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modificación del

Parágrafo 1

y adición del

Parágrafo 2

al artículo 232 del Decreto número 1165 de 2019. Modifíquese el

Parágrafo

y adiciónese el

Parágrafo 2

al artículo 232 del Decreto número 1165 de 2019, así: “

Parágrafo 1

Para la modificación de las declaraciones a importación ordinaria de que trata el numeral 8 del presente artículo, no se requerirá registro o licencia de importación, documento de transporte, ni el diligenciamiento de la declaración andina de valor”. “

Parágrafo 2

Para efectos de la terminación de la importación temporal, las referencias de la declaración inicial en los artículos 234 a 239 del presente decreto se entenderán también para las declaraciones anticipadas”.

Parágrafo 1

y adiciona el

Parágrafo 2

Artículo 232 DECRETO 1165 de 2019

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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