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Artículo 35

Modificación Del Parágrafo 1 Y Adición Del Parágrafo 2° Al Artículo 232 Del Decreto Número 1165 De 2019

Decreto 659 de 2024 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto número 1165 de 2019.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modificación del

Parágrafo 1

y adición del

Parágrafo 2

al artículo 232 del Decreto número 1165 de 2019. Modifíquese el

Parágrafo

y adiciónese el

Parágrafo 2

al artículo 232 del Decreto número 1165 de 2019, así: “

Parágrafo 1

Para la modificación de las declaraciones a importación ordinaria de que trata el numeral 8 del presente artículo, no se requerirá registro o licencia de importación, documento de transporte, ni el diligenciamiento de la declaración andina de valor”. “

Parágrafo 2

Para efectos de la terminación de la importación temporal, las referencias de la declaración inicial en los artículos 234 a 239 del presente decreto se entenderán también para las declaraciones anticipadas”.

Parágrafo 1

y adiciona el

Parágrafo 2

Artículo 232 DECRETO 1165 de 2019

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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