Micelio

Artículo 4

Decreto 513 de 2010 · por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 5° de la Ley 1176 de 2007 en cuanto a las actuaciones a seguir por los departamentos, los distritos y municipios en el evento en que estos últimos sean descertificados y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Competencia para asegurar la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo a los habitantes del municipio o distrito descertificado. De conformidad con la competencia prevista en el artículo 5 ° de la Ley 1176 de 2007, los departamentos, deberán asegurar la prestación eficiente de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo en la jurisdicción de los municipios o distritos descertificados, para lo cual ejercerá las atribuciones específicas que se describen en los artículos siguientes para cada evento en particular.

Parágrafo

Las atribuciones de que trata el presente artículo, dependerán de como esté organizada la prestación en cada uno de los municipios descertificados de acuerdo con los escenarios descritos en los artículos 5 ° , 6 ° , 7 ° y 8 ° del presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 513 de 2010