Micelio

Artículo 19

Obligaciones De Las Entidades Territoriales

Decreto 1493 de 2003 · por el cual se reglamenta el artículo 15 de la Ley 401 del 20 de agosto de 1997.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Obligaciones de las entidades territoriales. Las entidades territoriales tendrán las siguientes obligaciones

1.

Son responsables de la ejecución, supervisión y control de la utilización de los recursos del Fondo Especial Cuota de Fomento aprobados por la Junta Directiva de Ecogás para la cofinanciación de los proyectos de infraestructura y/o estudios de preinversión.

2.

Los recursos del Fondo Especial Cuota de Fomento en ningún caso podrán destinarse a cubrir, directa o indirectamente, gastos ordinarios de funcionamiento de cualquier entidad vinculada al desarrollo del proyecto ni a la interventoría del mismo.

Parágrafo

Cuando la Junta Directiva de la Empresa Colombiana de Gas, Ecogás, tenga conocimiento de algún incumplimiento de las obligaciones aquí previstas por las Entidades Territoriales ordenará suspender los giros de recursos pendientes, si es el caso, y exigirá la restitución de los recursos girados con los rendimientos respectivos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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