DEBERES DE LOS ASOCIADOS. Serán deberes especiales de los asociados
Adquirir conocimiento sobre los principios básicos del mutualismo y observar las disposiciones del estatuto social y los reglamentos que rijan la Asociación Mutual.
Aceptar y cumplir las decisiones de los órganos de administración y control social.
Comportarse solidariamente en sus relaciones con la asociación mutual y con los asociados de la misma.
Abstenerse de efectuar actos o de incurrir en omisiones que afecten la estabilidad económica o el prestigio social de la Asociación Mutual.
Participar en los programas de educación mutual y de capacitación general, así como en los demás eventos a que se le cite.
Pagar oportunamente las contribuciones económicas que establezca la Asociación Mutual.
Cumplir las obligaciones que adquiera con la Asociación Mutual.
Las demás que estipulen los estatutos.
El ejercicio de los derechos estará condicionado al cumplimiento de los deberes.