Autorización especial de embarco. Para el embarco transitorio de personas que no formen parte de la tripulación regular de una nave, el Armador debe solicitar por escrito a la Capitanía de Puerto, una “Autorización especial de embarco”, explicando las razones de la solicitud y en especial
Número, nombre e identificación de las personas a embarcar.
Clase y justificación del trabajo a realizar a bordo.
Tiempo solicitado.
Que no se supere la capacidad de los botes salvavidas.