Prohibición . Las agencias de aduana no podrán realizar labores de consolidación o desconsolidación de carga, transporte de carga o depósito de mercancías, salvo cuando se trate de almacenes generales de depósito, para el caso de almacenamiento de mercancías o cuando se tenga la calidad de operador económico autorizado, conforme al tratamiento especial de que trata el artículo 35 de este decreto.
Decreto 390 de 2016 →Vigente
Artículo 61
Prohibición
Decreto 390 de 2016 · por el cual se establece la regulación aduanera.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.