°. Servicios gravados con derecho a la devolución del IVA. Solamente otorgan derecho a la devolución del impuesto sobre las ventas los servicios relacionados a continuación
Servicios de mantenimiento y reparación de vehículos automotores, así como de motocicletas, sus partes y piezas;
Servicios de alojamiento cuando no forman parte de paquetes o planes turísticos, vendidos por las agencias operadoras u hoteles inscritos en el Registro Nacional de Turismo;
Servicios prestados por las agencias de viaje;
Arrendamiento de vehículos de hasta 1.600 C.C., siempre que el proveedor del servicio se encuentre registrado en el Registro Nacional de Turismo y se encuentre domiciliado en la zona especial de desarrollo fronterizo, para ser utilizado dentro de la misma;
Restaurantes bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles;
Peluquerías y otros tratamientos de belleza;
Servicio de parqueadero público;
Servicios que prestan las empresas de transporte terrestre automotor, así como los que prestan las operadoras de chivas y demás vehículos de transporte de turismo;
Guías de turismo.