Micelio

Artículo 6

º

Decreto 2645 de 1980 · Por el cual se reglamenta la ley 5º de 1973

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Costo de la asistencia. En ejercicio de las atribuciones conferidas al Gobierno Nacional por el

Parágrafo 1

del artículo 12 de la Ley 5º de 1973, facúltase a las entidades que prestan asistencia técnica para convenir con el usuario, en cada caso los honorarios respectivos dentro de los límites que para el respectivo semestre o año calendario determine el Comité Consultivo. Para el caso de pequeños agricultores o ganaderos, el costo lo fijará el Ministerio de Agricultura y será cubierto con recursos del Fondo de Asistencia Técnica para pequeños productores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2645 de 1980