º La Comisión Nacional de Industrias Metalúrgicas estará integrada, en la siguiente forma
El Ministro de Desarrollo Económico, o su Delegado, quien la presidirá;
El Ministro de Minas y Energía, o su Delegado;
El Ministro de Obras Públicas, o su Delegado;
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación, o su Delegado;
El Director del Fondo Colombiano de Investigaciones Científicas -COLCIENCIAS-, o su Delegado;
El Director del Instituto Colombiano de Comercio Exterior -INCOMEX-, o su Delegado;
El Gerente del instituto de Fomento Industrial -IFI-, o su Delegado;
El Director del Fondo de Promoción de Exportaciones -PROEXPO-, o su Delegado;
El Presidente de la Asociación Nacional de Industriales -ANDI-, o su Delegado;
El Presidente de la Federación Colombiana de Industrias Metalúrgicas -FEDEMETAL-, o su Delegado;
Un representate de Acerías Paz del Río, S. A.;
Dos representantes de las Siderúrgicas semintegradas del país;
Un representante de los Usuarios del Acero. Los representantes a que se refieren los literales l) y m), serán designados por el Ministro de Desarrollo Económico de ternas enviadas por los Comités Siderúgicos y de Usuarios del Acero de Fedemetal.