Micelio

Artículo 4

º Regimen Juridico

Decreto 59 de 1986 · por el cual se aprueban los Estatutos del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º REGIMEN JURIDICO. El régimen jurídico interno y externo del Fondo y el de sus operaciones está constituido por la Ley 117 de 1985, los decretos que la reglamenten, por los presentes Estatutos, los reglamentos que expida su Junta Directiva y por el contrato celebrado entre el Gobierno Nacional y el Banco de la República para su funcionamiento y por las normas de derecho privado. Por su naturaleza única y su autonomía al Fondo de Garantías de Instituciones Financieras no le es aplicable el régimen de las entidades del sector público del orden nacional. Mientras la Junta Directiva del Fondo no disponga otra cosa, el régimen de contratación será el mismo que rige para el Banco de la República, para lo cual podrá utilizar los registros de proponentes de que éste dispone.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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