Los representantes principales y suplentes de los Oficiales, Suboficiales y Agentes en retiro, serán seleccionados por el Ministro de Defensa Nacional entre los tres (3) que hayan obtenido el mayor número de votos en la elección prevista para cada categoría.
PARÁGRAFO 1°. Cuando el número de Oficiales, Suboficiales y Agentes retirados favorecidos con el voto de sus compañeros no llegare a tres (3), el Ministro de Defensa escogerá a los nuevos miembros de la Junta Directiva entre los que hubieran obtenido cualquier número de votos.
PARÁGRAFO 2°. La elección de los representantes en cada una de las categorías deberá efectuarse en el Distrito Capital de Santafé de Bogotá, en forma separada y de conformidad con la reglamentación que expida la Junta Directiva.
PARÁGRAFO 3°. Los Oficiales, Suboficiales y Agentes serán elegidos para un período de dos (2) años, debiendo residir en el Distrito Capital de Santafé de Bogotá.