La calidad de representante de los trabajadores se perderá en el caso de terminar la vinculación laboral del Consejero con un empleador afiliado a la respectiva Caja, o cuando el trabajador deje de ser beneficiario del Subsidio Familiar, o por pérdida de la calidad de miembro o afiliado por parte del empleador.
Decreto 1531 de 1990 →Vigente
Artículo 13
La Calidad De Representante De Los Trabajadores Se Perderá En El Caso De Terminar La Vinculación Laboral Del Consejero Con Un Empleador Afiliado A La Respectiva Caja, O Cuando El Trabajador Deje De Ser Beneficiario Del Subsidio Familiar, O Por Pérdida De La Calidad De Miembro O Afiliado Por Parte Del Empleador
Decreto 1531 de 1990 · por el cual se reglamentan los artículos 3° de la Ley 31 de 1984 y 79 de la Ley 21 de 1982.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.