Micelio

Artículo 40

- Son Funciones De Los Profesionales Universitarios (Estadísticos) : 1ª

Decreto 3266 de 1979 · Consejo Superior de la Adjudicatura

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 40. - Son funciones de los Profesionales Universitarios (Estadísticos) : 1ª.- Llevar las estadísticas de los procesos disciplinarios que tramite el Consejo Superior de la Judicatura; 2ª.- Solicitar informes a los Tribunales sobre los procesos disciplinarios que tramiten en primera instancia; 3ª.- Presentar trimestralmente un informe detallado de las estadísticas anteriores al Secretario de la Sección de Carrera Judicial; 4ª.- Las demás que les determine la ley, los reglamentos o el Estatuto de la Carrera Judicial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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