Micelio

Artículo 253

Ley 106 de 1873 · Código Fiscal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 253. Es potestativo a los introductores espresar o nó en los manifiestos las clases de la tarifa a que pertenecen las mercancías, sin sufrir pena alguna por la omision. Al resolver que los reconocedores de la Aduana hagan la clasificacion, dejarán en blanco las correspondientes casillas, a fin de que éstos la practiquen, sin perjuicio de que los interesados puedan reclamar contra ella si la creyeren injusta, haciendo uso de los recursos legales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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