Prima de clima. Tendrán derecho a percibir la prima de que trata el artículo 61 del decreto 613 de 1977, los oficiales y suboficiales que presten sus servicios en aquellos lugares específicamente determinados por el Ministerio de Defensa, siempre y cuando acrediten una permanencia mínima de quince (15) días dentro de mes.
Decreto 8 de 1980 →Vigente
Artículo 77
Prima De Clima
Decreto 8 de 1980 · Por el cual se reglamenta el Decreto 613 de 1977, reorgánico de la carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.