Artículo quinto. En la forma contractual prevista en el artículo anterior, el Gobierno entregara al Instituto Zooprofilactico Colombiano las sumas que en el Presupuesto Nacional de 1958 apropien para personal y material de la Sección de Aftosa, y sumas equivalentes que en los subsiguientes años de vigencia, y sumas equivalentes en los subsiguientes a\os de vigencia del contrato se apropien presupuestalmente para la finalidad indicada.
Decreto 363 de 1957 →Vigente
Artículo 5
Decreto 363 de 1957 · Sobre ampliación de facultades del Instituto Zooprofiláctico Colombiano
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.