Criterios para determinar la gravedad o levedad de la falta:
El grado de culpabilidad.
La jerarquía derivada de la gestión encomendada o que deba realizar el Congresista.
La trascendencia social de la falta o el perjuicio causado.
Las modalidades y circunstancias en que se cometió la falta. Estas se apreciarán teniendo en cuenta el grado de participación en la comisión de la falta, si la realizó en estado de ofuscación, originada en circunstancias o condiciones de difícil prevención y gravedad extrema, debidamente comprobada.
Los motivos determinantes del comportamiento.
Cuando la falta se realice con la intervención de otra u otras personas, sean particulares o servidores públicos.