Artículo primero. Para la continuación de los estudios hidráulicos en el Departamento del Valle del Cauca, cuya delegación hizo el Gobierno Nacional por medio del Decreto ejecutivo número 2222 de 1947, destínase en el presente año la suma de $ 71.000.00 de la partida asignada en el Capítulo 58, artículo 947, del Presupuesto de la vigencia en curso.
Decreto 1960 de 1947 →Vigente
Artículo 947
, Del Presupuesto De La Vigencia En Curso
Decreto 1960 de 1947 · por medio del cual se destinan unos fondos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.