Micelio

Artículo 48

Ley 57 de 1931 · Reformatoria de la Ley 45 de 1923, sobre establecimientos bancarios, y de las leyes orgánicas del Banco Agrícola Hipotecario; y por la cual se crean la Caja de Crédito Agrario y la Caja Colombiana de Ahorros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Deróganse los artículos 20, 21, 22 y 24 de la Ley 49 de 1927 .

Parágrafo

Autorizase a los Municipios para eximir de todo impuesto las habitaciones de valor hasta de cinco mil pesos ($5.000) cuando estas sean ocupadas por sus dueños y constituyan su único patrimonio.

Parágrafo

En el Municipio de Bogotá tal exención podrá comprender las habitaciones hasta de valor de diez mil pesos ($10.000).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 57 de 1931