Estudios previos para la subasta inversa . Como parte del contenido de los estudios y documentos previos señalados en el artículo 3° del presente decreto, cada bien o servicio de características técnicas uniformes y de común utilización a ser adquirido mediante subasta inversa, tendrá una ficha técnica que incluirá sus características y especificaciones, en términos de desempeño y calidad cuya elaboración será responsabilidad de cada entidad. Las fichas técnicas deberán contener, como mínimo
Denominación de bien o servicio;
Denominación técnica del bien o servicio;
Unidad de medida;
Descripción general.
El Secop mantendrá un registro con las fichas técnicas a que se refiere el presente artículo.