Micelio

Artículo 12

Vigencia

Decreto 2500 de 2010 · por el cual se reglamenta de manera transitoria la contratación de la administración de la atención educativa por parte de las entidades territoriales certificadas, con los cabildos, autoridades tradicionales indígenas, asociación de autoridades tradicionales indígenas y organizaciones indígenas en el marco del proceso de construcción e implementación del Sistema Educativo Indígena Propio SEIP.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vigencia . El presente decreto transitorio rige a partir de su publicación y hasta la expedición de la norma que traslade la administración de la educación a los pueblos indígenas en el marco del Sistema Educativo Indígena Propio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2500 de 2010