Micelio

Artículo 1

Ley 1081 de 2006 · por medio de la cual se otorgan beneficios a las familias de los héroes de la Nación y a los veteranos de la Fuerza Pública y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Considérense Veteranos de la Fuerza Pública a los miembros de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional, distinguidos con el escalafón de "Reservistas de Honor", que reúnen los requisitos contemplados en el artículo 1º de la Ley 14 de 1990 y en los Estatutos de Carrera correspondientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1081 de 2006