Ámbito de aplicación. La presente Sección es aplicable a los operadores de plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos que se presten y/o disfruten en Colombia, conforme se definen en el artículo 3° de la Ley 2068 de 2020 yen el artículo 2.2.4.4.13.2 de este Decreto.
Decreto 1074 de 2015 →Vigente
Artículo 2.2.4.4.13.1
Ámbito De Aplicación
Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.