Sistema computarizado de control de inventarios. Los Usuarios Operadores de las Zonas Francas Industriales de Bienes y de Servicios ya declaradas, deberán establecer un sistema computarizado de control de inventarios, en el plazo que para el efecto establezca por resolución la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Decreto 2233 de 1996 →Vigente
Artículo 77
Sistema Computarizado De Control De Inventarios
Decreto 2233 de 1996 · Por el cual se establece el régimen de las Zonas Francas Industriales de Bienes y de Servicios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.