Modifíquese el artículo 2.2.2.11.3.1 de la Sección 3 del Capítulo 11 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015, que quedará así: “Artículo 2.2.2.11.3.1. Sistema automatizado para la selección de auxiliares de la justicia. El sistema automatizado para la selección de auxiliares de la justicia es un sistema de información automatizado, mediante el cual la Superintendencia de Sociedades administra y procesa la información consignada en los perfiles de los auxiliares que se encuentran inscritos en la lista. Este sistema valora los criterios de selección y ordena a los auxiliares de la justicia en atención a lo siguiente
El tipo de proceso de que se trate.
El tipo de proceso o procesos para los cuales se encuentre inscrito el auxiliar.
La categoría a la cual pertenezca la entidad en trámite de reorganización, liquidación o intervención.
La categoría en la cual se encuentre inscrito el auxiliar.
La jurisdicción en la cual se encuentre la entidad en trámite de reorganización, liquidación o intervención.
La jurisdicción en la cual se encuentre inscrito el auxiliar.
El sector o sectores de la economía a los cuales pertenezca la entidad en proceso de reorganización, liquidación o intervención.
El sector o sectores de la economía en los cuales se encuentre inscrito el auxiliar.
El número de procesos activos de reorganización, liquidación o intervención a cargo del auxiliar.
Los requisitos de formación académica establecidos.
El cumplimiento de los requisitos de formación profesional establecidos en el artículo 2.2.2.11.2.20 del presente decreto.
La experiencia docente en materias relacionadas con el régimen de insolvencia empresarial.
La infraestructura técnica o administrativa con que cuente el auxiliar y el grupo de profesionales y técnicos que le prestarán servicios en el desarrollo de sus funciones.
Los antecedentes del aspirante en relación con el comportamiento crediticio reportados por las centrales de riesgo.
La existencia de cualquier clase de sanción, suspensión o remoción con ocasión de conductas que se encuentren relacionadas con las actividades propias del auxiliar de justicia y de los cargos de promotor, liquidador o agente interventor.
La existencia de antecedentes judiciales, fiscales o disciplinarios con ocasión de conductas que se encuentren relacionadas con las actividades propias del auxiliar y de los cargos de promotor, liquidador o agente interventor.
El desempeño en la gestión cumplida en los procesos de insolvencia o intervención en los que haya sido designado como auxiliar de justicia por Parte de la Superintendencia de Sociedades.”