° En cada vigencia fiscal, el Ministerio de Educación incluirá forzosamente en su presupuesto la suma de veinte mil pesos ($20.000.00), con destino, al pago de los premios creados, pago que hará el mismo Ministerio a las personas que resulten vencedoras, de acuerdo con los fallos de los jurados.
Decreto 72 de 1957 →Vigente
Artículo 6
En Cada Vigencia Fiscal, El Ministerio De Educación Incluirá Forzosamente En Su Presupuesto La Suma De Veinte Mil Pesos ($20
Decreto 72 de 1957 · Por el cual se crean sendos premios nacionales para Literatura y arte que se denominarán "Premio Trece de Junio", y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.