Micelio

Artículo 8

En Toda Clase De Garantías Constituídas Para Responder Ante La Oficina De Control De Cambios, Importaciones Y Exportaciones Para La Posterior Presentación De Documentos Y De La Debida Utilización De Las Correspondientes Licencias, Se Entiende Incluída La Cláusula Que Faculta A Dicha Oficina Para Que Ordene Entregar A La Respectiva Oficina De Hacienda Nacional El Valor De La Fianza O Garantía, Por El Solo Hecho Del Vencimiento Del Plazo Estipulado Para La Presentación De Los Documentos Del Caso, Sin Perjuicio De Las Sanciones Legales Que Pudiere Imponer La Prefectura De Control, Y Sin Que Los Obligados Queden Exentos Del Cumplimiento De La Obligación Principal

Decreto 3747 de 1949 · por el cual se dictan algunas normas sobre control de cambios, se establecen sanciones para quienes violen las disposiciones sobre precios fijados por el Estado, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. En toda clase de garantías constituídas para responder ante la Oficina de Control de Cambios, Importaciones y Exportaciones para la posterior presentación de documentos y de la debida utilización de las correspondientes licencias, se entiende incluída la cláusula que faculta a dicha Oficina para que ordene entregar a la respectiva Oficina de Hacienda Nacional el valor de la fianza o garantía, por el solo hecho del vencimiento del plazo estipulado para la presentación de los documentos del caso, sin perjuicio de las sanciones legales que pudiere imponer la Prefectura de Control, y sin que los obligados queden exentos del cumplimiento de la obligación principal. No obstante lo anterior, la Junta Directiva de la Oficina de Control de Cambios, por causas justificativas y a solicitud de parte interesada hecha antes del vencimiento del plazo otorgado para la presentación de documentos, podrá prorrogar dicho plazo hasta por noventa días. Vencido el término de la prórroga se dará aplicación a lo establecido en el primer inciso de este artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3747 de 1949